Para valorizar lo que las diez empresas con desembarques de discrepancia mayores del 10% entre pesca declarada y pesada, dejarían de pagar al Estado y al pescador, se siguió los siguientes pasos:
-Se procesó la base de datos en el programa Excel con los registros de cerca de 47 mil desembarques. Se limpió y verificó los datos cotejándolos con las actas de inspección.
-Se estableció la cantidad de toneladas de descargas que superaban el 10% de discrepancia.
-Se estableció el derecho de pesca que cada planta debió pagar por tonelada recibida en cada temporada analizada. El derecho de pesca se determina según un porcentaje del precio de la harina en puerto durante el mes del desembarque, por lo que se hizo el cálculo considerando el costo promedio en cada temporada de pesca.
-Se calculó lo que deja de recibir el pescador según lo que cada empresa pesquera establece como pago por tonelada capturada a sus trabajadores. Se trata de una fórmula compleja en relación al precio de la harina en puerto en cada temporada de pesca. Esta información fue cotejada con los representantes de las empresas y los pescadores. A eso se sumó el $1.95 que cada planta debe pagar al pescador para su jubilación por cada tonelada que recibe.
-El valor de las 302 mil toneladas de discrepancia se estableció determinando la cantidad de harina de pescado que ese tonelaje produce (con un ratio de conversión de 4.3 a 1) y se determinó el precio de venta de la harina en puerto, calculando el correspondiente a cada temporada de pesca.