La empresa minera Caudalosa, causante del daño ambiental provocado por el derrame de relaves en Huancavelica, trató de evitar la fuerte multa de 36 millones de soles impuesta por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), por contaminación fluvial, impugnando la competencia fiscalizadora de la ANA para la actividad minera.
El miércoles 14 de julio, la Autoridad Local de Agua de Huancavelica, que depende de la ANA, envió la notificación N°375-2010 a la compañía informándole que la sancionaba con una multa de 10 mil unidades impositivas tributarias (UIT) que equivale a los 36 millones de soles, la sanción más alta en la escala de multas de la ANA y que supera en 17 veces la multa de 600 UIT o 2 millones de soles que podría imponerle el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).
Osinergmin aún no emite una sanción. Lo único que ha podido concretar es la suspensión temporal de las operaciones de la empresa desde el 30 de junio por medidas de seguridad.
Luego de que la Autoridad Local del Agua de Huancavelica le informara el 1 de julio del inicio de un proceso sancionador por el derrame de relaves mineros, la compañía presentó descargos en el límite del plazo: el jueves 8 de julio a las 5 de la tarde. En el documento, Caudalosa alegó que la ANA “no cuenta con la competencia suficiente para sancionar”.
Caudalosa sostuvo que la supervisión en temas ambientales y de recursos hídricos está a cargo de los “ministerios o los organismos fiscalizadores, de los sectores correspondientes a las actividades que desarrollan las empresas”. Así, la empresa concluyó que la “única autoridad competente para imputar la infracción será el organismo fiscalizador del sector Energía y Minas”, es decir, Osinergmin.
Pero, el artículo 15 de la ley de Recursos Hídricos y su reglamento, promulgado en 2010, establece que la ANA, adscrita al Ministerio de Agricultura, tiene facultad sancionadora y coactiva para vigilar y fiscalizar la contaminación del mar, ríos y lagos como sucedió en el caso de Huancavelica.
En este caso, mientras Osinergmin evaluó las infracciones en seguridad e incumplimiento de normas ambientales que cometió la empresa por la ampliación ilegal del depósito de relave ‘A’ que colapsó el 25 de junio, la ANA impuso la multa por la contaminación de los ríos que provocó el derrame de relaves.
IDL-Reporteros intentó comunicarse repetidamente con un vocero de la empresa a través de su asesor en comunicaciones, Pablo Cateriano, ex socio de Chisac y ahora ejecutivo de Métrica, encargada de relaciones públicas e imagen de Caudalosa desde que ocurrió el derrame de relaves. Cateriano informó que Juan Carlos Ramírez, asesor de la gerencia general, es el encargado de dar una respuesta en nombre de la compañía. Reiterados intentos de comunicarse con Ramírez resultaron infructuosos hasta el cierre de esta nota.
Medida de la contaminación
En el documento presentado al organismo fiscalizador de los recursos hídricos, Causalosa también argumentó que el “tiempo de exposición del relave en los ríos fue mínimo” porque sus trabajadores lograron extraer más de 4 mil metros cúbicos de relaves. Pero de acuerdo con los cálculos de Osinergmin, por lo menos 25 mil metros cúbicos habrían afectado los ríos, y según la ANA los desechos habrían llegado a 50 mil metros cúbicos.
En la resolución administrativa N°308-2010 de la Autoridad Local del Agua de Huancavelica, se indica que pruebas de laboratorio de muestras tomadas el 30 de junio en el río Escalera, arrojaron altas concentraciones de arsénico, cadmio, cobre, hierro, manganeso, plomo y zinc en dos puntos de monitoreo.
Los resultados fueron similares en las muestras tomadas el 2 y 3 de julio. Se advierte la presencia de 0,255 miligramos por litro (mg/l) de cadmio en una de las muestras, cuando el Estándar de Calidad Ambiental (ECA) es de 0,005 mg/l en el caso de las aguas de categoría III, para riego y bebida de animales. En el caso de manganeso y hierro los niveles permitidos son superados en más de 30 veces y la presencia de plomo en 18.
Mientras que para la autoridad del agua la zona afectada es de aproximadamente 120 kilómetros de las riberas de los ríos, para Caudalosa el 80% de los relaves se acumuló en apenas 3.5 kilómetros. De ahí hasta el kilómetro 40 la empresa asegura que hubo una presencia menor de los desechos.
De acuerdo a la resolución sancionadora, “el 100% del caudal de agua que discurre por los ríos, receptores del derrame de relaves mineros ha sido afectado, superando su capacidad de dilución, por ende limitando las posibilidades de uso para fines de uso primario y para riego de vegetales y bebidas de animales”.
Como parte de la sanción, la empresa deberá remediar el daño y presentar en diez días a la ANA, el plan que permita “la restauración inmediata de los cuerpos de agua y los bienes asociados afectados”.
Caudalosa tiene 15 días para pagar o impugnar la multa ante la sede central de la ANA, que es la segunda instancia del proceso sancionador. A partir de entonces, la institución tiene un mes para emitir una resolución final.