Las armas para proteger el medio ambiente están desfasadas. El Adjunto para el Medio Ambiente de la Defensoría del Pueblo, Iván Lanegra, señaló a IDL-Reporteros que Osinergmin fiscaliza con límites máximos permisibles (LMP) de efluentes y emisiones minero metalúrgicos aprobados en 1996. El Banco Mundial en un informe de 2005 ya había determinado que estos parámetros se encuentran por debajo de los estándares para prevenir la contaminación.
En noviembre de 2006, el ex Consejo Nacional del Ambiente que dependía de la Presidencia del Consejo de Ministros, se comprometió a aprobar hasta fines de 2008, 39 LMP. Vencido el plazo, sólo dio luz verde a dos.
En 2009, el Ministerio del Ambiente (Minam) estableció un nuevo cronograma de aprobación y redujo la valla a 23 LMP. Hasta el momento se ha aprobado dos y precisamente entre los parámetros pendientes figura el de las emisiones y efluentes en la actividad minera.
“¿De qué sirve un gran despliegue para fiscalizar si las normas para reducir la contaminación son laxas y no garantizan eficacia? Así, los problemas subsisten y los beneficios ambientales son menores.”, argumentó Lanegra.
El funcionario consideró que como primer paso, los esfuerzos deben desplegarse en la prevención de los daños y para ello es importante la calidad de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) de los proyectos mineros, que hoy siguen siendo aprobados por el Ministerios de Energía y Minas (Minem) el mismo que promueve la inversión del sector. La Defensoría ha recomendado que esta función pase al Ministerio del Ambiente.
“Cuando la prevención no funciona y se produce una infracción ambiental, el Estado debe actuar en forma rápida para mitigar los posibles daños y utilizar con eficacia y energía sus facultades sancionadoras”, señaló.
Los derechos que se otorga a las personas para defenderse de los posibles excesos del Estado en los procesos administrativos, han sido distorsionados por algunas empresas que impugnan las multas para postergar el pago lo máximo que se pueda.
“Se debe desalentar el uso de estos mecanismos con objetivos puramente dilatorios”, indicó Ivan Lanegra. Para él, una forma es incrementar las multas de las infracciones y establecer un monto adicional de pago cuando se recurra a impugnaciones injustificadas.
Daños a terceros
Los montos de las multas que aplica Osinergmin no siempre son mayores a lo que ahorraron las empresas por incumplir obligaciones ambientales. Casos abundan como hemos visto en este reportaje: lo que dejó de gastar una empresa por no reparar un depósito de relaves a punto de colapsar, por echar efluentes minero metalúrgicos al río sin previo tratamiento, por ampliar sus instalaciones sin autorización, por no hacer estudios de suelos que pudieran prever deslizamientos de tierras sobre un bofedal. Osinergmin avanzó en parte con el incremento de estas multas, pero principalmente para proyectos en etapa de exploración. El proceso está a medio camino y tendrá que ser retomado por la Organismo de Evaluación y Fiscalización del Ambiente (OEFA) del Ministerio del Ambiente. Otro aspecto importante para Iván Lanegra es reforzar el sistema de responsabilidad civil por daños al medio ambiente, a las personas o comunidades. “Es un tema que no se ha desarrollado de manera apropiada y que debería trabajarse para proteger los derechos de terceros y los bienes (lagunas, ríos, bosques naturales) que son Patrimonio de la Nación”, aseguró Lanegra. La aplicación de indemnizaciones, que se rigen bajo el Código Procesal Civil, requiere un mecanismo sencillo que permita a los afectados demostrar la afectación de sus derechos. “Eso por lo general es costoso y difícil de probar. Por eso en otros países se han creado procuradurías ambientales que puedan contribuir al hallazgo de pruebas”, apuntó. El Minam cuenta desde enero de este año con una procuraduría e impulsa la implementación de fiscalías especializadas para investigar los delitos ambientales que desde 2008 pueden ser sancionados con 3 a 8 años de cárcel. Pero hasta hoy no existe nadie tras las rejas por afectar el medio ambiente. Además, el Minam interviene sólo cuando hay daños dentro de áreas naturales protegidas y de las 255 denuncias que ha impulsado, unos 35 involucran a mineros informales, no a empresas. El procurador del ministerio, Julio Cesar Guzmán Mendoza, señaló a IDL- Reporteros que sólo existe un caso en investigación preliminar en una fiscalía no especializada en Ancash contra Antamina por presuntos daños al Parque Nacional Huascarán. Los casos que ocurren fuera de áreas naturales protegidas no son investigados. “La procuraduría del Ministerio de Energía y Minas tampoco lo hace porque dice que no le compete, ahí existe un vacío”, señaló Guzmán. El presidente de Osinergmin, Alfredo Dammert, aseguró que las resoluciones que emite la institución que dirige pueden constituir pruebas para que los afectados reclamen por estas indemnizaciones ante el Poder Judicial o para que las fiscalías actúen de oficio. Lo cierto, es que las comunidades afectadas no tienen por lo general recursos para contratar al Estudio Echecopar o al Estudio García Sayán con el fin de reclamar por reparaciones económicas como sí lo pueden hacer las empresas, pero para impugnar sanciones. |