El juez Alberto Aguinaga Moreno espera hoy el voto del vocal Malzon Urbina para que la Tercera Sala Penal de Reos Libres emita una resolución que confirme o revoque el hábeas corpus del ciudadano israelí Dan Cohen, cuya extradición ha solicitado Israel por uno de los mayores casos de corrupción en la historia de ese país.
Aguinaga confirmó que tanto él como el vocal Luis Carrera Contti ya han emitido su voto, aunque no adelantó en qué sentido. Si Urbina tiene una opinión contraria a la de sus colegas (que parecen haber coincidido en su voto), se debe invitar a otro magistrado para dirimir. Si se produce un empate, se repite el mecanismo, pues en los habeas corpus la decisión tiene que ser “colegiada”, explicó el presidente de la sala en entrevista con IDL-Reporteros.
“Si votara en contra -que no entiendo por qué demora, a lo mejor piensa votar en contra- tendríamos que llamar a un vocal dirimente para que determine. Como es hábeas corpus, tendría que ser en cinco días útiles, pero en el expediente que llegó faltaba información de la Corte Suprema, la cual teníamos sólo por referencia”, refirió el vocal.
El presidente de la Sala, Aguinaga, dijo a IDL-Reporteros que la decisión “sentará ejecutoria”. Vale la pena considerar como antecedente que la Tercera Sala Penal absolvió en febrero último al ex alcalde de Pucallpa, Luis Valdez, por el asesinato del periodista Alberto Rivera. En esa oportunidad, el juez superior Urbina votó contra la absolución.
El voto de la Tercera Sala Penal sobre el hábeas corpus se esperaba para el miércoles siguiente de la Semana Santa. Consultado sobre los motivos de la demora, Aguinaga explicó que tuvieron que estudiar las implicancias de la reciprocidad ofrecida por Israel en aspectos de extradición.
“Según la Constitución, la extradición se concede por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema en cumplimiento de la ley y de los tratados y según el principio de reciprocidad. No tenemos un tratado con Israel, tenemos un principio de reciprocidad: Perú e Israel son firmantes de un tratado de Naciones Unidas anticorrupción y ellos ofrecen la reciprocidad a futuro. Lo que más nos ha demorado en decidir es el hecho de que ellos ofrecen la reciprocidad por tales y tales delitos y la reciprocidad debe ser genérica: para todo”, declaró Aguinaga, haciendo suponer, con ello, que la decisión podría favorecer a Cohen.
“Si acá usted comete homicidio y es israelí o corresponde a Israel, nosotros le damos (a la persona extraditada), y si acá cometen no homicidio sino robo, nosotros deberíamos darlo. Eso ha sido lo que nos ha motivado mayor campo de estudio”, acotó.
– ¿Israel ofrece reciprocidad sólo por delitos mencionados en el caso Cohen?
– Corrupción, sí. Nada más. La resolución que se está sacando -de modo genérico- creo yo que va a causar ejecutoria, es un caso sui generis y tiene una solución sui generis.
– ¿Qué significa que va a causar ejecutoria?
– Que va a ser un principio. (…) Lo resuelto en ese caso resulta siendo como una ley: eso causa ejecutoria. Nosotros acá tenemos como principio la ley y, como suplencia, las ejecutorias, las decisiones importantes sobre casos que no se han presentado y que hay que resolver de modo creativo con la ley. Entonces, a eso hemos llegado. Falta la opinión del doctor Malzon Urbina para que esto termine.
– Hay un marco mayor que no se menciona: la repercusión que tendría el hecho de que Cohen pueda ser juzgado en su país. ¿Lo contemplan?
– Muchos jueces y vocales se fijan solamente en la ley. Pero nosotros creemos en la norma, los valores y la sociedad, y tratamos de conjugar ello, hasta donde sea posible, porque no porque la sociedad pide que metan presa a una persona lo van a meter preso. Hay una distinción entre lo legal y lo legítimo. Por ejemplo puede ser legítimo para la gente que entre la policía a mi casa y me encuentren tres mil kilos de clorhidrato de cocaína porque es una cosa prohibida, se legitima y dicen ¡qué bien!, pero no es legal, porque para entrar a mi casa deben tener una orden: se convertiría en una prueba prohibida. Los señores tanto de una posición como de otra han dicho lo legítimo y lo que han dicho tiene que estar en el expediente, corroborado con documentación y amparado por la ley. La solución de estas opiniones controversiales se hace en base a la ley y la doctrina, no podemos salirnos del marco de la ley. Es un caso difícil porque ambas partes han dado argumentos sustentados por nuestro ordenamiento jurídico. Esa naturaleza de disquisición, fina y además trascendente es la que ha demorado para resolver el caso. Hemos incluso revisado documentación del profesor César San Martín que es autoridad en esta materia. Todo eso se ha terminado el 20 de abril.